RESOLUCION de 2 de enero de 2007, de la Viceconsejería de
Presupuestos y Administración Pública, por la que se convocan pruebas
selectivas para la provisión, en turno libre, de veinticuatro plazas del
Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala Médicos/as (Medicina Familiar y
Comunitaria), en régimen de funcionario/a de carrera (SESPA), dos de ellas en
turno de reserva para personas con discapacidades.
En cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29
de junio de 2006, aprobatorio de la Oferta de Empleo Público para dicho año, en
el que se propicia por una sola vez y para algunos colectivos el sistema
selectivo de concurso- oposición, ordenándose al respecto: “Dar un tratamiento
especial a los procesos de selección de colectivos específicos, como el personal
funcionario interino de las Escalas de Médicos y de Diplomados de Enfermería,
colectivos para los que no se ha procedido a desarrollar ninguna Oferta de
Empleo Público desde el año 2000 y que no han podido participar en igualdad de
condiciones en la Oferta de Empleo Público realizada por el Insalud con
anterioridad al traspaso de servicios todavía pendiente de finalización”, de
conformidad con lo prevenido en la Ley y Decretos que se citarán en la base
primera y en uso de la delegación conferida por resolución de quien ostenta la
titularidad de la Consejería de 1 de marzo de 2004,
R E S U E L V O
Convocar las pruebas selectivas para la provisión de las
plazas que se dirán, con sujeción a las siguientes
B A S E S
Primera.—Objeto y normas de aplicación:
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de
veintidós plazas del Cuerpo de Técnicos Superiores, Escala de Médicos, en turno
libre y, dos en turno de reserva para personas con discapacidad igual o superior
al treinta y tres por ciento, en régimen de funcionario/a de carrera y por el
procedimiento de concurso-oposición.
De conformidad con lo establecido en el Decreto 22/93, de
29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos, serán
objeto de acumulación automática a esta convocatoria las plazas convocadas por
Resolución de esta misma fecha para su provisión en turno de promoción interna,
si resultaren desiertas tras la celebración de las correspondientes pruebas
selectivas. Dicha acumulación habrá de producirse antes del comienzo del primer
ejercicio y será objeto de la oportuna publicación en el BOLETIN OFICIAL del
Principado de Asturias.
La presente convocatoria se regirá por estas bases, la Ley
3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la
Administración del Principado de Asturias, y el Reglamento de Selección e
Ingreso de personal al servicio de dicha Administración, aprobado por Decreto
68/1989, de 4 de mayo (en lo sucesivo el Reglamento), y el Decreto 111/2005, de
3 de noviembre, de la Consejería de Economía y Administración Pública, sobre
registro telemático.
Segunda.—Requisitos para concurrir:
Para la admisión a la realización de las pruebas
selectivas, cada aspirante deberá reunir los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad española o de cualquiera de los demás
estados miembros de la Unión Europea o, en su caso, la de algún otro país al que
en virtud de tratados internacionales celebrados con la Unión y ratificados por
España le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as en los
términos en que ésta se halla definida en el Tratado de la Unión Europea.
2. Edad comprendida entre 18 años y la legal de
jubilación.
3. No haber sido separado o separada del servicio por
sanción disciplinaria en cualquier Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.
4. No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.
5. Licenciatura en Medicina y Cirugía, especialidad en
Medicina Familiar y Comunitaria o la certificación prevista en el artículo 3 del
Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, o alguno de los títulos, certificados o
diplomas a que hace referencia el artículo 30 de la Directiva 93/16/CEE, cuya
enumeración figura en el apartado 1 de la Comunicación 96/C 363/04, de la
Comisión Europea o sean titulares de las certificaciones previstas en el
artículo 36,4 de dicha Directiva.
6. Pago de la tasa de inscripción en cuantía de 32,47
euros.
Las personas con discapacidad serán admitidas en
condiciones de igualdad que el resto de aspirantes, salvo que la restricción
padecida las hiciera incumplir el precedente requisito 4.
Los expresados requisitos de participación deberán
poseerse el día final del plazo de presentación de solicitudes previsto en la
base siguiente y mantenerse en la fecha de toma de posesión, acreditándose
previamente a ésta según establece la base octava.
Tercera.—Documentación a presentar y plazos y modos de
presentación:
Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas
podrán hacerlo de las siguientes formas:
Solicitud telemática:
Será posible la solicitud de inscripción en pruebas
selectivas a través de Internet siguiendo el siguiente procedimiento:
1. Acceda al portal de la Administración del Principado de
Asturias: www.princast.es/iaap. En el apartado de Selección de personal, elija
la opción “Solicitud telemática”. A continuación seleccione la convocatoria en
la que desea inscribirse de las que figuran en plazo de solicitud.
2. Cumplimente el formulario con la información
solicitada.
Podrá precargar su información personal en el formulario
si se identifica con cualquiera de los mecanismos permitidos (clave SAC,
certificado digital o DNI electrónico).
3. Revise que la información introducida es la correcta y
acepte la cláusula de declaración de que los datos aportados son verdaderos.
4. De manera automática podrá realizar el pago telemático
que le permitirá abonar la tasa por derechos de examen.
Efectúe dicho pago introduciendo el número de su tarjeta
de crédito o débito. Las permitidas son: Visa, Mastercard, Maestro/Red 6000.
5. Una vez realizados estos pasos, recibirá la
confirmación de que su solicitud se ha registrado satisfactoriamente. Imprima y
conserve el justificante de su inscripción.
Solicitud presencial:
Si desea realizar este proceso de forma presencial deberá
aportar los siguientes documentos:
1. Instancia o solicitud, cumplimentada en impreso
normalizado.
Este modelo, único válido para solicitar la participación
en las pruebas selectivas, se puede obtener en:
— Internet, en el portal corporativo: www.princast.es/iaap,
enlace “Selección de personal”.
— Las dependencias del Instituto Asturiano de
Administración Pública “Adolfo Posada”, calle Julián Clavería, número 11, de
Oviedo (código postal 33006).
— La Oficina de Atención Ciudadana del Principado de
Asturias, sita en la planta plaza del Edificio Administrativo de Servicios
Múltiples (EASMU) del Principado, calle Coronel Aranda, número 2, de Oviedo
(código postal 33005).
Las personas con discapacidad, que con justificación
suficiente lo hagan constar en la solicitud, podrán obtener las adaptaciones
necesarias de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, para ello
deberán hacer constar el grado de discapacidad y el diagnóstico emitido en el
Dictamen Facultativo Técnico. El Tribunal examinará y resolverá motivadamente
tales peticiones, pudiendo requerir a dicho efecto el oportuno informe del
órgano técnico competente de la Comunidad Autónoma.
2. Autoliquidación de la tasa por inscripción,
cumplimentada en impreso normalizado 046. El impreso 046, “Autoliquidación de
tasas y otros ingresos”, se puede obtener en los mismos lugares que la instancia
de solicitud y su falta de presentación o de pago determina la exclusión del
aspirante.
En el caso de Internet, la navegación para obtener el
impreso normalizado de autoliquidación 046 ha de ser la siguiente:
www.princast.es/iaap --› enlace “Selección de Personal” --› enlace “Modelo
tributario 046 de autoliquidación de tasas”. La cumplimentación del impreso así
obtenido puede hacerse on-line o en local (pdf), debiendo en todo caso
imprimirse y presentarse en soporte papel.
La presentación del modelo 046-A1 en ningún caso sustituye
el trámite de presentación de la instancia de solicitud, que debe hacerse en
tiempo y forma.
En el impreso 046, el presentador deberá cumplimentar,
obligatoriamente, los siguientes datos:
• En el apartado “FECHA DE DEVENGO” --› (1) dd/mm/aaaa.
La fecha en que realiza el pago de la tasa.
• En el apartado “DATO ESPECIFICO”:
(2) En “Centro gestor” --› 12 02.
(3) En “Aplicación” --› 12 01 322003.
(4) En “Ejercicio” --› 2007.
• En el apartado “DECLARANTE/SUJETO PASIVO” --› Todos los
datos de los campos 6 al 17, imprescindibles para identificar al aspirante y
para localizarle en el caso de tener que realizarse alguna subsanación.
• En el apartado “DETALLE DE LA LIQUIDACION”:
(18) En “Descripción” --› Tasa por inscripción en las
pruebas de acceso a la función pública.
(19) En la columna de “Descripción concepto” --›
Veinticuatro plazas de Médico/a, Especialidad Medicina Familiar y Comunitaria (SESPA),
turno libre.
En la columna de “Importe” --› 32,47 euros.
El pago de la tasa de inscripción podrá realizarse:
a) En la ventanilla de entidades financieras colaboradoras
en la gestión recaudatoria de la Administración del Principado de Asturias,
previa presentación del original del impreso normalizado 046.
La relación de entidades colaboradoras puede verse en
Internet, con la siguiente navegación: www.princast.es --› enlace “Temas:
Economía y Finanzas” --› enlace “Ente Público de Servicios Tributarios del
Principado de Asturias” --› enlace “Portal Tributario” --› enlace “Información
Tributaria” --› enlace “Presentación y Pago” --› enlace “Tributos Propios” --›
enlace “Tasas-entidades colaboradoras”.
b) Por Internet, con la siguiente navegación:
www.princast.es --› enlace “Temas: Economía y Finanzas” --› enlace “Ente Público
de Servicios Tributarios del Principado de Asturias” --› enlace “Portal
Tributario” --› enlace “Oficina Virtual” --› enlace “Pagos telemáticos”, o bien
directamente desde “Modelos tributarios” si se ha optado por cumplimentar
previamente el impreso on-line.
El modelo 046 debidamente cumplimentado, y una vez pagado,
sirve como resguardo del pago realizado, salvo en el pago por Internet, en cuyo
caso el justificante de pago telemático debe presentarse junto con el modelo
046.
3. La acreditación de los datos referentes a los servicios
prestados en la Administración del Principado de Asturias, se efectuará mediante
certificación de la Dirección General de Función Pública o, en su caso, del
servicio equivalente del organismo autónomo en el que haya prestado estos, en la
que conste períodos, tipo de vinculación y de contrato (a tiempo completo o
parcial, en este último caso con expresión del número de horas) en los que se
prestaron dichos servicios.
4. La acreditación de los datos referentes a los servicios
prestados en otras administraciones públicas se realizará mediante certificación
de las mismas en las que consten funciones así como los períodos, tipo de
vinculación y de contrato (a tiempo completo o parcial, en este último caso con
expresión del número de horas) en los que se prestaron dichos servicios.
Para las personas que opten por la solicitud presencial,
todos los documentos citados en el apartado uno y dos (solicitud y modelo 046),
se presentarán en el Registro General Central de la Administración del
Principado de Asturias, o por cualquiera de los medios establecidos en el art.
38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo
de 20 días hábiles desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria.
Los documentos descritos en el apartado tres y cuatro, se
aportarán en original o fotocopia compulsada en el plazo de 10 días hábiles, a
partir del último anuncio de notas de la fase de oposición, acompañados de
escrito dirigido al Tribunal de la convocatoria que se trata y de los datos
personales de la persona interesada (existirá un modelo disponible en
www.princast.es/iaap, apartado de Selección de personal).
Estas certificaciones deberán venir referidas a la fecha
de publicación de la Oferta de Empleo Público 2006 (BOLETIN OFICIAL del
Principado de Asturias 13 de julio de 2006).
Cuarta.—Admisión-exclusión de aspirantes:
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se
publicará en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias la resolución del
Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se
aprueba la lista de personas admitidas y excluidas, con indicación del defecto
motivador de la exclusión y del plazo de subsanación si ésta fuere posible,
transcurrido el cual sin efectuarla se producirá la caducidad del derecho.
Dicha resolución señalará igualmente los medios, lugares y
tablones de anuncios donde la relación completa de aspirantes queda expuesta al
público, el lugar, día y hora de comienzo de las pruebas y, en su caso, el
material o equipamiento del que los/as opositores/as habrán de venir provistos.
Cuando se considere que el número de aspirantes impide su
examen en una única sesión, al elevar a definitiva la lista provisional se
señalarán de modo concreto los días y horas para los que, a partir del indicado
como de comienzo, quedarán convocadas las personas que hayan de realizar la
prueba en fechas sucesivas.
No obstante, si en cualquier momento posterior a la
aprobación de la referida lista, incluso durante la celebración de las pruebas,
se advirtiere en las solicitudes de los aspirantes inexactitud o falsedad que
fuere causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable proponiéndose
al órgano que convoca que resuelva tal exclusión.
Quinta.—Tribunal calificador:
Su designación se efectuará en la resolución a que se
refiere la base anterior, y para su constitución y actuación válidas se
requerirá la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros, titulares
o suplentes, y en todo caso la de las personas que ocupan la Presidencia y la
Secretaría.
Las personas designadas deberán abstenerse de actuar, si
en ellas concurriera alguna de las circunstancias del artículo 28.2 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o la del artículo 13, apartado 1 del Reglamento. Por esas
mismas causas podrán ser recusadas por los/as aspirantes, resolviéndose la
recusación con arreglo a lo previsto en el artículo 29 de la citada Ley.
Si se estimare necesario podrán designarse asesores
especialistas, que actuarán con voz y sin voto.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal calificador tendrá su sede en el IAAP “Adolfo Posada”, sito en la c/
Julián Clavería, 11, 33006-Oviedo. Asimismo, será en el tablón de anuncios de
dicho organismo junto con el del Servicio de Atención Ciudadana, donde se
efectuarán las sucesivas publicaciones.
Sexta.—Estructura y calificación de las pruebas:
El proceso selectivo se compondrá de una fase de oposición
y otra de concurso. La fase de concurso únicamente será valorada si el o la
aspirante ha superado la puntuación mínima establecida en la fase de oposición,
la cual tiene carácter obligatorio y eliminatorio.
A) Fase de oposición:
Cada uno de los ejercicios se evaluará por el sistema de
puntos, entre 0 y 40 el primero y tercero, y entre 0 y 20 el segundo, siendo
necesario para superarlos obtener la mitad de la puntuación máxima posible. Las
personas que no alcancen dicho mínimo serán objeto de calificación única como no
aprobadas y, a partir de ese momento, quedarán excluidas del proceso selectivo.
Primer ejercicio:
Contestación escrita a un cuestionario de preguntas cortas
relacionadas con la parte específica del programa, cuyo contenido y tiempo
máximo de duración será decidido por el Tribunal, que también determinará el
número de preguntas, el cual no podrá ser inferior a treinta.
Segundo ejercicio:
Exposición oral de una memoria en un tiempo máximo de
media hora, donde pongan de manifiesto su conocimiento de la estructura de la
Administración del Principado de Asturias y de la Consejería en la que tendrán
que desarrollar su labor e incardinen la actividad profesional a la que optan en
dicha estructura, así como una exposición de las posibles vías de desarrollo y
mejora dentro de la misma.
Esta será expuesta por cada aspirante en sesión pública,
cuyo lugar, día y hora decidirá el Tribunal, que lo comunicará por escrito junto
a las calificaciones de la primera prueba.
Cada aspirante podrán hacer uso de cuanta documentación
acudan provisto/a.
Tercer ejercicio:
Resolución de uno o varios supuestos prácticos que exijan la
aplicación de los conocimientos y técnicas contenidos en el programa y que serán
confeccionados por el Tribunal, el cual determinará el tiempo máximo de
realización.
Los/as aspirantes podrán hacer uso de cuanta documentación
acudan provistos/as.
El Tribunal podrá decidir la lectura del ejercicio por los
aspirantes en sesión pública, en cuyo caso, antes de la conclusión de la prueba,
lo comunicará de viva voz a los/as comparecientes, indicando lugar, día y hora
de la misma.
A efectos de calificación, el Tribunal valorará los
conocimientos concretos de los temas o materias, la formación general, la
capacidad de análisis y raciocinio y el orden y claridad de las ideas
desarrolladas. En las pruebas en que, por su índole, no sean susceptibles de
apreciación tales cualidades, se atendrá a la exactitud de las respuestas.
Excepto el caso de que se suscitare decisión unánime o
consensuada del Tribunal, la calificación de cada prueba se obtendrá por la
media aritmética de las otorgadas por cada uno de sus miembros. Cuando entre las
puntuaciones extremas resultare una diferencia superior al 30% de la máxima
puntuación posible, se excluirán una calificación parcial máxima y otra mínima,
aplicándose la media de las restantes.
Si concurrieran al proceso personas con nacionalidad de
otros países y la realización de las pruebas no implicara por sí sola, a juicio
del Tribunal, la demostración de un conocimiento adecuado del español, dichas
personas serán sometidas con carácter previo y eliminatorio, a un ejercicio
encaminado a acreditar dicho conocimiento. Este ejercicio, cuya calificación
será únicamente apto o no apto, consistirá en una parte en la traducción al
castellano de un texto común sin ayuda de diccionario y seguidamente en una
exposición oral y comentarios durante un cuarto de hora sobre un tema de
actualidad que le proponga el Tribunal.
B) Fase de concurso:
Tendrá carácter obligatorio y no eliminatorio. En ella el
Tribunal valorará, con referencia al día de la publicación de la presente Oferta
Pública de Empleo (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 13 de julio de
2006), los méritos que hubieran sido alegados y justificados documentalmente por
los/as aspirantes en los plazos y del modo prevenido en esta convocatoria, según
lo especificado a continuación.
Por experiencia profesional, se podrá añadir a la fase de
oposición hasta un máximo de 45 puntos, por los siguientes conceptos:
a) Experiencia en puestos de la Administración del
Principado de Asturias y sus Organismos Públicos que se correspondan con el
mismo Cuerpo, Escala, categoría y especialidad que la convocada, a razón de 4,5
puntos por año completo de servicios prestados.
b) Experiencia en puestos de otras Administraciones
Públicas en Cuerpos, Escalas, categorías y especialidades, con funciones
idénticas a aquella a la que se pretende acceder a razón de 2,25 puntos por año
completo de servicios prestados.
Los puntos obtenidos se sumarán a los alcanzados en la
fase de oposición, a fin de concretar la relación definitiva de personas
aprobadas y de establecer el orden de prioridad entre las mismas, entendiéndose
que han superado el proceso selectivo y por tanto que quedan incluidas en la
aludida relación únicamente las que, en número nunca superior al de plazas a
cubrir, hubiesen logrado las mayores puntuaciones acumuladas.
Séptima.—Su desarrollo:
Las pruebas, que no podrán comenzar antes de que
transcurran tres meses desde la fecha de esta publicación, se celebrarán en el
lugar, día y hora que establezca la resolución a que se refiere la base cuarta.
Conforme al resultado del sorteo público celebrado el día
18 de julio de 2006, la actuación de los aspirantes se iniciará por la letra
“R”, o en su defecto la siguiente, del primer apellido.
En cada prueba la comparecencia de los/as aspirantes será
requerida de viva voz y en llamamiento único (en las de realización simultánea,
todas las personas al comienzo; en las de realización sucesiva y en la lectura
pública de ejercicios, paulatinamente según el orden de actuación), resultando
la exclusión de quienes no comparezcan en el acto. No obstante, en caso de
asistencia masiva a pruebas de realización simultánea, el Tribunal podrá decidir
un segundo llamamiento acto seguido para la correcta acomodación de todas las
personas.
Al término de cada prueba se hará pública la relación de
personas aprobadas en la misma con expresión de la puntuación obtenida por cada
una y, en su caso, se efectuará la convocatoria para la realización de la
siguiente, todo ello en los términos del art. 27, apartado 2, del Reglamento y
mediante exposición de los correspondientes anuncios en el Instituto Asturiano
de Administración Pública “Adolfo Posada”, y en la Oficina del Registro Central
del Principado de Asturias.
Si resultare igualdad de puntuación final de dos o más
personas que afectara al orden de prioridad en la propuesta prevenida en la base
siguiente o que implicare la necesidad de excluir a alguna de ellas de la
referida propuesta, la prioridad se dirimirá atendiendo a la puntuación en la
fase de oposición. De persistir el empate este se dirimirá mediante la práctica,
en plazo máximo de cinco días hábiles, de una prueba adicional de carácter
obligatorio que el Tribunal decidirá, siempre relacionada con el programa de la
convocatoria o con las funciones propias de las plazas convocadas.
Octava.—Propuesta, nombramiento y toma de posesión:
Concluidas las calificaciones, el Tribunal hará pública,
por orden de puntuación y en número no superior al de plazas convocadas, la
relación de quienes hayan superado el proceso selectivo y la elevará a quien
ostente la titularidad de la Consejería de Economía y Administración Pública,
con propuesta de nombramiento. La prioridad en la elección de destino inicial
corresponderá a los/as aspirantes en razón directa al orden de puntuación
obtenido.
Dentro de los 20 días naturales desde el siguiente hábil
al de la publicación de la lista, las personas propuestas presentarán en el
Servicio de Administración de Personal de la Dirección General de la Función
Pública (c/ Hermanos Menéndez Pidal, números 7-9, 2.º planta) los siguientes
documentos, todos ellos en original y fotocopia, para su compulsa y devolución,
en su caso, sometiéndose a las prevenciones del art. 29 del Reglamento:
1. Documento nacional de identidad. En el caso de
aspirantes que no tengan la nacionalidad española, documento equivalente en el
país de origen acompañado de una certificación expedida por la autoridad
competente que acredite la posesión de la ciudadanía de dicho país desde la
fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, ambos debidamente
adverados.
2. Las personas con nacionalidad de cualquier otro estado
miembro de la Unión Europea, en su caso, de algún otro país al que en virtud de
tratados celebrados por la Unión y ratificados por España sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos en que ésta se
halla definida en el Tratado de la Unión Europea, deberán acreditar
documentalmente el cumplimiento de los requisitos que se exigen para la entrada
y permanencia en España de las personas con nacionalidad de los estados
referenciados.
3. Título académico exigido en la base segunda de esta
convocatoria o, en su defecto, certificación académica expresiva de haber
concluido con calificación positiva todos los estudios precisos para su
obtención. Estos documentos cuando no hayan sido expedidos en España pero puedan
tener validez en ella, deberán disponer de la correspondiente habilitación.
4. Certificado médico expedido por el organismo competente
de la Administración del Principado de Asturias acreditativo de no padecer
enfermedad o limitación que impida el desempeño de las correspondientes
funciones.
5. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
o separada mediante expediente disciplinario de Administración Pública alguna,
ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. Las personas
que no tuvieran la nacionalidad española presentarán documentación certificada
por la autoridad competente del país de origen y debidamente adverada
acreditativa de que no se encuentran sometidas a sanción disciplinaria o condena
penal que impida en su estado el acceso a la función pública.
6. Quienes hubieran accedido a una plaza por el turno de
reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y
tres por ciento habrán de acreditar dicha condición mediante certificación al
respecto de los órganos técnicos competentes de la comunidad autónoma.
Las personas propuestas que ya tuvieran la condición de
funcionarias de carrera o personal laboral fijo estarán exentas de justificar
los requisitos ya acreditados para obtener su nombramiento o contratación
anterior, debiendo presentar únicamente el documento acreditativo de la
titulación exigida y una certificación del organismo del cual dependan
acreditando su condición.
Las personas que hayan obtenido plaza y que hubieran
manifestado su situación de discapacidad con el fin de obtener adaptación de
tiempos y medios para la realización de los ejercicios deberán presentar
certificación acreditativa de su condición, expedida por el organismo competente
de la Comunidad Autónoma, referida a la fecha de conclusión del plazo de
presentación de solicitudes. La falta de presentación de esta certificación, o
si ésta fuera negativa, supondrá su exclusión de la propuesta de nombramiento,
decayendo en su derecho.
Aprobado y publicado en el BOLETIN OFICIAL del Principado
de Asturias el nombramiento, las personas designadas tomarán posesión dentro de
un mes desde la publicación.
Decaerán en su derecho por la inobservancia de tal plazo,
excepto la eventual solicitud y concesión de prórroga por causa justificada. En
los supuestos de licencia regulados en el artículo 14 del Decreto 6/2004, el
plazo posesorio comenzará a contarse desde el momento en que desaparezca la
causa que da lugar a la licencia.
Novena.—Norma final:
Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente
Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición, ante el Viceconsejero de
Presupuestos y Administración Pública, en el plazo de un mes desde su
publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, o bien recurso
contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación,
ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 10–IV–2007 6369
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, significándose que en caso de
interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-
administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
Los actos del Tribunal pueden ser objeto de recurso de
alzada ante la autoridad que nombre a su Presidente/a en el mismo plazo, y su
resolución agotará la vía administrativa.
Oviedo, a 2 de enero de 2007.—El Viceconsejero de
Presupuestos y Administración Pública (P.D. Resolución de 1 de marzo de 2004,
BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 15 de marzo).—5.413.
Anexo (programa)
La normativa reguladora de las materias comprendidas en
este programa se entenderá referida a la vigente el día de la publicación en el
BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de la resolución que señale el
comienzo de las pruebas.
PARTE GENERAL
1. Constitución Española: Aspectos fundamentales de la
misma en relación con el derecho a la protección de la Salud.
2. El Estatuto de Autonomía para Asturias: Título
Preliminar.
Órganos institucionales de la Comunidad Autónoma del
Principado de Asturias: La Junta General, el Presidente y el Consejo de
Gobierno.
3. Estructura orgánica de la Administración de la
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Organismos autónomos y entes
públicos del Principado de Asturias: Funciones.
4. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad:
Derechos y deberes de la ciudadanía en relación con la salud.
5. Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del
Principado de Asturias.
6. Ley 41/2002, de 14 de noviembre: Ley Básica reguladora
de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de
información y documentación clínica.
7. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del
sistema nacional de salud: Disposiciones generales y capítulo 1 de las
prestaciones de Salud Pública (art.11), y de Atención Primaria (art. 12).
8. Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, de Estructuras
Básicas de Salud.
9. Real Decreto 1030/2006, de 16 de septiembre, por el que
se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el
procedimiento para su actualización. Cartera de Servicios comunes de Salud
Pública y Cartera de Servicios comunes de Atención Primaria.
10. La Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la
Función Pública de la Administración del Principado de Asturias: Clases y
definiciones de personal.
Ordenación de la función pública.
PARTE ESPECIFICA
11. El trabajo en equipo. La resolución de conflictos. El
equipo de atención primaria y su organización.
12. Parámetros estadísticos: Razón. Tasas. Indices.
Indices que definen una distribución: Medidas de centralización y de dispersión
en estadística sanitaria. Test de hipótesis. Significación estadística.
13. Epidemiología: Análisis de la situación de salud.
Investigación etiológica: Medidas de asociación de impacto, estudios de cohortes
y de casos y controles.
14. Metodología de la Investigación. Tamaño y validez de
la muestra. Estudios de las intervenciones: Ensayos clínicos aleatorios. Validez
de métodos diagnósticos:
Sensibilidad, especificidad, valor predictivo.
15. Sistemas de información en atención primaria. Historia
clínica y sistemas de registro.
16. Planificación sanitaria. Identificación de problemas.
Indicadores demográficos, socioeconómicos, del nivel de
salud, medioambientales. Elaboración de programas de salud y su evaluación.
Guías de práctica clínica.
17. Educación para la salud. Intervención educativa desde
la consulta médica. El consejo médico. La comunicación médico paciente.
18. Uso racional del medicamento. Prescripción por
principio activo. La cumplimentación. Problemas derivados de la terapia
farmacológica. Farmacovigilancia.
19. La entrevista clínica. Técnicas. La relación médico/
a-paciente.
20. Factores de riesgo cardiovascular. Actividades
preventivas en la población general. Actividades preventivas individualizadas en
las personas con riesgo cardiovascular.
21. Patología cardiovascular en atención primaria:
Insuficiencia cardíaca. Diagnóstico diferencial del dolor torácico. Cardiopatía
isquémica. Trastornos del ritmo cardiaco.
22. Patología arterial y venosa de miembros inferiores.
23. Parada cardiorespiratoria: Soporte vital básico.
Desfibriladores semiautomáticos.
24. Hipertensión arterial: Diagnóstico y tratamiento en
Atención Primaria. Criterios de derivación. Manejo del paciente en situación de
urgencia: Crisis, urgencia y emergencia hipertensiva.
25. Diagnóstico y tratamiento de las hiperlipemias en
Atención Primaria. Actividades preventivas. Control y seguimiento.
26. Manejo de la diabetes en Atención Primaria.
Diagnóstico y seguimiento. Plan de actuación terapeútica e higiénico-dietética.
Prevención de complicaciones crónicas. Actuación en complicaciones agudas.
27. Manejo de la obesidad en Atención Primaria:
Prevención, complicaciones y tratamiento. Abordaje familiar y psicosocial del
paciente obeso. Educación para la salud en grupos. Abordaje e intervención
familiar en el paciente con obesidad mórbida.
28. Diagnóstico y manejo de las principales enfermedades
infecciosas respiratorias en Atención Primaria: Neumonía adquirida en la
comunidad. Infecciones víricas y bacterianas del aparato respiratorio.
29. Tabaquismo, abordaje de la dependencia en Atención
Primaria.
30. Manejo de la enfermedad pulmonar obstructiva crónica y
asma bronquial en Atención Primaria. Interpretación de los datos de la
pulsioximetría.
31. Vacunaciones en el adulto.
32. Enfermedades de transmisión sexual en Atención
Primaria.
33. Manejo de la tuberculosis en Atención Primaria:
Clínica, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad. Quimioprofiláxis.
Estudio de contactos. Población de riesgo.
34. Sospecha y diagnóstico de pacientes con VIH. Abordaje
familiar y psicosocial del paciente infectado. Derecho a la intimidad de las
personas físicas.
35. Medidas preventivas de los trastornos de salud mental
en Atención Primaria. Trastorno ansioso-depresivo, trastornos de la conducta
alimentaria.
36. Enfermedades neurológicas en Atención Primaria:
Cefaleas, síndrome vertiginoso. Demencias y deterioro
cognitivo. Manejo del ACV en Atención Primaria.
37. Síncopes y mareos.
38. Alteraciones hematológicas más frecuentes en Atención
Primaria. Anemia ferropénica. Anemia megaloblástica.
39. Diagnóstico y tratamiento de las dermatosis frecuentes
en Atención Primaria. Tumores cutáneos y enfermedades de los anejos cutáneos.
40. Atención inicial al paciente politraumatizado en
Atención Primaria.
41. Diagnóstico y tratamiento de la osteoporosis en
Atención Primaria.
42. Patología traumatológica en Atención Primaria.
Lesiones musculotendinosas. Esguinces, luxaciones, fracturas.
43. Atención urgente a heridas simples mordeduras y
quemaduras leves. Profilaxis antitetánica, antirrábica y antibiótica.
44. Patología nefrourológica en Atención Primaria:
Hipertrofia benigna de próstata. Cáncer prostático. Cólico renal. Manejo de la
medicación en el paciente con insuficiencia renal crónica.
45. Infección urinaria.
46. Patología osteoarticular en Atención Primaria:
Artritis Reumatoide. Artrosis.
47. Lumbalgia: Diagnóstico diferencial, tratamiento e
indicaciones de derivación especializada.
48. Enfermedades del aparato digestivo en Atención
Primaria.
Ulcera duodenal y gástrica. Cuadros diarreicos infecciosos
e inflamatorios. Sospecha del cáncer de colon.
49. Hepatitis víricas en Atención Primaria: Prevención,
diagnóstico y tratamiento.
50. Patología ORL en Atención Primaria: Otitis.
Sinusitis.Hipoacusia.
51. Patología oftálmica en Atención Primaria: Diagnóstico
diferencial del ojo rojo.
52. Atención al/a la adolescente en Atención Primaria:
Problemas específicos y actividades preventivas en la
adolescencia, enfermedades de transmisión sexual, drogodependencias, embarazos
no deseados, trastornos de la conducta alimentaria. Detección precoz de
enfermedades mentales en la adolescencia.
53. Atención a la mujer en Atención Primaria: Actividades
preventivas en el área reproductiva de la mujer. Planificación familiar.
Contracepción. Climaterio. Detección precoz del cáncer ginecológico y de mama.
54. Atención al embarazo y puerperio en Atención Primaria.
Fármacos en el embarazo y lactancia.
55. Atención al adulto en Atención Primaria. Actividades
preventivas para la etapa de la adultez: Prevención y promoción de la salud.
Cribado de los factores de riesgo.
56. Atención a los/as trabajadores/as: Riesgos y
afecciones relacionadas con el trabajo. Aspectos legales y administrativos
implicados en salud laboral. Incapacidad temporal y permanente.
57. Atención a la persona anciana: Valoración geriátrica
global, síndromes geriátricos. Actividades preventivas y promoción de la salud,
recursos y estrategias de intervención.
58. Medicamentos en la persona anciana.
59. Atención a la persona inmovilizada. Atención a la
persona cuidadora.
60. Atención a la persona en situación terminal:
Complicaciones biológicas y tratamiento. Cuidados paliativos. Problemas
psicosociales y de comunicación con el paciente y su familia. Organización y
coordinación de cuidados en el domicilio y recursos socio-sanitarios.Abordaje
del duelo.
61. Atención a las situaciones de riesgo familiar y
social:
Personas en exclusión social, personas con discapacidades,
violencia familiar.
62. Atención familiar. Conceptos básicos. Herramientas.
Desarrollo del ciclo familiar.
63. Atención a la comunidad. Bases conceptuales de la
metodología cualitativa y aplicación en atención primaria. |